RLOT Artículo 128: Elecciones Sindicales: Período vencido.
RLOT Artículo 128. Elecciones Sindicales. Período vencido:Las organizaciones sindicales tienen derecho a efectuar sus procesos electorales, sin más limitaciones que las establecidas en sus estatutos y en la ley.Los miembros de la junta directiva de las organizaciones sindicales cuyo período para el cual fueron electos haya vencido, de conformidad con lo establecido en los artículos 434 y 435 de…
