Artículo 106. Presunción de relación de trabajo.
Se presume, hasta prueba en contrario, la existencia de una relación de trabajo entre el o la adolescente y quien se beneficie directamente de su trabajo o servicios.
LOPNNA Artículo 105: Examen médico anual.
Artículo 105. Examen médico anual. Los adolescentes trabajadores y las adolescentes trabajadoras deben someterse a un examen médico integral cada año, con el objeto de identificar los posibles efectos del trabajo sobre su salud.Parágrafo Primero. El patrono o patrona debe velar…