Artículo 489-E. Contestación
Transcurridos los veinte días consecutivos establecidos en el artículo anterior, si se ha consignado el escrito de formalización, la contraparte puede, dentro de los veinte días consecutivos siguientes, consignar por escrito los argumentos que a su juicio contraigan los alegatos del o de la formalizante. Dicho escrito no puede exceder de tres folios útiles y sus vueltos.
LOPNNA Artículo 488-E: Registro de la audiencia.
Artículo 488-E. Registro de la audiencia La audiencia debe ser reproducida en forma audiovisual. En casos excepcionales y ante la imposibilidad manifiesta de reproducción audiovisual de la audiencia, ésta podrá realizarse sin estos medios, dejando el juez o jueza superior…
