Código Procedimiento Civil Artículo 843
Código Procedimiento Civil Artículo 843 Agregado el informe a sus autos, si el punto debiere sentenciarse como de mero derecho, o si ambas partes sólo hubieran aducido instrumentos, el Tribunal fijará el cuarto día para proceder a sentenciar con las formalidades legales.Si alguna o algunas de las partes pidieren la apertura de término probatorio, el Juez acordará el que a su juicio estime…