Código de Comercio Artículo 396 Las mercancías o efectos recibidos o comprados por el comisionista por cuenta del comitente, pertenecen a éste y los que expidiere viajan por cuenta y riesgo del comitente, salvo que hubiere convención en contrario.
Código de Comercio Artículo 376: Noción
Código de Comercio Artículo 376 Comisionista es el que ejerce actos de comercio en su propio nombre por cuenta de un comitente.