Artículo 205. Convenios de cooperación
Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes pueden celebrar convenios de cooperación y asistencia con entes públicos, privados o mixtos, nacionales o internacionales, para la organización y desarrollo de sus actividades.
LOPNNA Artículo 202: Tipos de servicio.
Artículo 202. Tipos de servicio Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes pueden prestar a éstos y a sus familias, entre otros, los siguientes servicios: a) Orientación y apoyo interdisciplinario. b) Atención de casos que ameriten la imposición de medidas de protección o…