Artículo 489-J. Fines
Los jueces y juezas de instancia deben acoger la doctrina de casación establecida en casos análogos, para defender la integridad de la legislación y la uniformidad de la jurisprudencia.
LOPNNA Artículo 493-L: Decisión sobre idoneidad.
Artículo 493-L. Decisión sobre idoneidad Concluido el proceso de evaluación bio-psico-social-legal del o de los solicitantes de adopción, el cual no debe exceder de tres meses, contados a partir de la fecha de la respectiva solicitud, el equipo técnico interdisciplinario de la…