Código de Comercio Artículo 1058 El fallido que fuere declarado excusable tiene derecho al beneficio de la competencia.
Código de Comercio Artículo 1039: Representación Masa. Revisión Balance. Venta de Mercancías, Muebles E Inmuebles
Código de Comercio Artículo 1039 Si no hubiere convenio, los síndicos continuarán representando la masa de acreedores, revisarán el balance y si no estuvieron autorizados para continuar el giro del fallido, promoverán las diligencias conducentes a la venta de las mercancías o bienes muebles e inmuebles y a la liquidación general y terminación de la quiebra. La venta de los bienes muebles se hará…
