Código de Comercio Artículo 1062 Se seguirán las regias establecidas en el Título III, Libro Cuarto de este Código, sobre apelación y demás recursos contra las sentencias ínterlocutorias o definitivas, cuando no haya disposición especial en este Título.
Código de Comercio Artículo 1061: Autos Apelables en Un Solo Efecto
Código de Comercio Artículo 1061 Son apelables ante el Tribunal Superior en el efecto, devolutivo solamente el auto que acuerde el arresto del fallido, el que niegue su libertad y el que la acuerde bajo fianza,