Código de Comercio Artículo 81 Las acciones por operaciones de corretaje se prescriben en dos años, contados desde la fecha en que se concluyó la operación.
Código de Comercio Artículo 74: Actos Exclusivos de Corredores Públicos
Código de Comercio Artículo 74 La profesión de corredor es libre. Sin embargo, sólo los corredores con carácter público pueden ejecutar los actos que la ley o una sentencia ordenen que se hagan por su Ministerio.