Artículo 288. Apertura del expediente.
El órgano administrativo competente, al iniciar los procedimientos a que se refiere este Capítulo, abrirá expediente separado de cada caso.
LOPNNA Artículo 286: Forma de actuación.
Artículo 286. Forma de actuación. En el curso de los procedimientos administrativos a que se refiere este Capítulo, las personas interesadas pueden presentar sus denuncias, opiniones, alegatos o recursos en forma escrita u oral. El órgano administrativo que conozca del proceso…
