Código de Comercio Artículo 96 En las operaciones que se ejecutaron expresarán los factores que contratan a nombre de sus principales; y en los documentos que suscribieron pondrán antes de la firma, que obran por poder.

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Código de Comercio Artículo 100: Contrato Celebrado por Dependiente

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Código de Comercio Artículo 97: Omisión de la Contemplatio Domini

Código de Comercio Artículo 97 Si los factores omitieren la expresión de que obran por poder, quedan personalmente obligados a cumplir los contratos se entenderá que lo han hecho por cuenta de los casos siguientes:1. Cuando el contrato corresponda al giro ordinario del establecimiento que administran.2. Si hubieren contratado por orden del principal, aunque la operación no esté comprendida en el…

Código de Comercio Artículo 98: Prohibición de Traficar por Su Cuenta

Código de Comercio Artículo 98 Se prohibe a los factores y dependientes traficar por su cuenta y tomar interés en nombre propio o ajeno, en negociaciones del mismo género que las del establecimiento en que sirven, a menos que fueren expresamente autorizados para ello. En caso de contravención, se aplicarán al principal las utilidades que produzcan las negociaciones, quedando las pérdidas por…


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