ISLR: Artículo 125:

Se tomarán a consideración los riesgos asimilados por las partes a objeto de comparar las funciones llevadas a cabo por las mismas. Los tipos de riesgos a considerar incluyen los del mercado, tales como las fluctuaciones a el precio de los mismos y de los productos finales los riesgos de pérdida asociados con la inversión y el uso de los derechos de propiedad, los edificios y los equipos; riesgos en el éxito o fracaso de la investigación o desarrollo; riesgos financieros como los acusados por la variabilidad del tipo de divisas; riesgos de los créditos y otros.


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