Código Civil Artículo 917 Es nula la disposición a título universal o particular hecha por el testador, bajo la condición de que sea él a su vez beneficiado en el testamento de su heredero o legatario.
Código Civil Artículo 922
Código Civil Artículo 922 Si se ha instituido al heredero bajo una condición suspensiva, se nombrará administrador a la herencia hasta que se cumpla la condición o hasta que haya certeza de que no puede cumplirse.Lo mismo se hará en el caso de que el heredero o el legatario no cumplan la obligación de dar la caución exigida por los dos artículos precedentes.
