Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 22
RISLR: Artículo 22: Los benefciarios de las exenciones establecidas en el artículo 14 de la Ley, en todo caso estarán sujetos a fiscalización, deberán cumplir con las obligaciones y deberes formales previstos para los contribuyentes e inscribirse en los registros que a tal efecto señale la Administración Tributaria.
