RISLR: Artículo 144:

Las personas naturales, socios o comuneros de las sociedades de personas o comunidades a que se refiere el artículo 10 de la Ley, así como las personas jurídicas integrantes de los consorcios, deberán incluir en las declaraciones de sus respectivos ejercicios gravables, las participaciones o cuotas que les correspondan en los enriquecimientos obtenidos o pérdidas netas sufridas por las sociedades, comunidades o consorcios de los cuales formen parte. En tal virtud, tales participaciones deberán ser declaradas por sus titulares dentro de los correspondientes ejercicios gravables en que fueron obtenidas, salvo en los casos de personas naturales o jurídicas residenciadas o domiciliadas en el extranjero que no posean base fija o establecimiento permanente en el país, pero la causa o fuente de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, en la cual el representante fiscal designado tiene la obligación de declarar y pagar en nombre de éste.


Más Artículos de este Titulo

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 146

RISLR: Artículo 146: Las declaraciones de rentas definitivas deberán ser presentadas dentro de los tres (3) meses siguientes a la terminación del ejercicio gravable del contribuyente, ello sin perjuicio de las prórrogas que otorgue la Administración Tributaria. Parágrafo Único. Los plazos legales y reglamentarios se contarán de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Tributario.

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 148

RISLR: Artículo 148: El ejercicio anual gravable es el período de doce (12) meses que corresponde al contribuyente. Quienes se dediquen a realizar actividades comerciales, industriales o de servicios podrá optar entre el año civil u otro período de doce (12) meses elegido como ejercicio gravable. El ejercicio de tales contribuyentes puede empezar en cualquier día del año, pero una vez fijado no…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 139

RISLR: Artículo 139: Las compañías anónimas y sus asimiladas, tales como las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita por acciones y las civiles irregulares o de hecho que revistan la forma de compañía anónima, de sociedad de responsabilidad limitada o de sociedad en comandita por acciones; las sociedades de personas, los consorcios, las comunidades y todas las demás entidades…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 147

RISLR: Artículo 147: Las declaraciones de enriquecimientos presentadas podrán ser sustituidas o complementadas por los contribuyentes o responsables, en los términos señalados en el Código Orgánico Tributario. En los casos en que dichas declaraciones señalen enriquecimientos menores a los originalmente acusados, la Administración Tributaria deberá aceptarlas y proceder a su verificación.

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 149

RISLR: Artículo 149: El Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio de Finanzas y mediante Resolución, podrá conceder mayor plazo al previsto en el artículo 146 de este Reglamento para presentar la declaración, sin perjuicio del sistema oportuno de pagos previsto en el presente Título. Cuando se soliciten prorrogas individuales, su autorización corresponderá a la Administración Tributaria del…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 155

RISLR: Artículo 155: El domicilio se regirá a los fines fiscales por la normativa establecida en el Código Orgánico Tributario. Cuando la Administración Tributaria mediante Providencia implemente la modalidad de presentaciones electrónicas de declaraciones, el contribuyente o responsable obligado a declarar podrá señalar un buzón de correo a través del cual se le enviarán los actos…

Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 141

RISLR: Artículo 141: Las personas naturales residentes en el extranjero, que hayan percibido enriquecimientos de fuente venezolana deberán presentar declaración de rentas a los fines de la liquidación y pago del impuesto, sin perjuicio del pago que por concepto de multas e intereses moratorios que sean procedentes de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Tributario. La declaración…

Indice RISLR 2003