Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 186
RISLR: Artículo 186: Los inscritos en el Registro de Información Fiscal deberán notificar a la Gerencia Regional de Tributos Internos de su jurisdicción, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha en que ocurran, los cambios de los datos que se enumeran a continuación: a.- Nombre, denominación o razón social. b.- Residencia, sede social, establecimiento principal y número de sucursales,…
