Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 409:
La Escuela de Formación y Capacitación de Policías de Tránsito a cargo del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, fijará el costo de matrícula y manutención que deberán cancelar las Alcaldías y Gobernaciones durante el proceso de formación y capacitación de sus funcionarios policiales.
